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Organización Política

La Provincia se rige por la Constitución de 1998, que reemplazó a la anterior, de 1986. En 2003 se reformó un artículo, el referido a la elección del gobernador. Hay tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial.

Organización política


La Provincia se rige por la Constitución de 1998, que reemplazó a la anterior, de 1986. En 2003 se reformó un artículo, el referido a la elección del gobernador. Hay tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial.

Poder Ejecutivo

Es ejercido por el gobernador, elegido por voto popular por un período de 4 años, y que puede ser reelecto hasta por un tercer mandato consecutivo (según la reforma de 2003).

Poder Legislativo

Es ejercido por la Legislatura, institución formada por dos cámaras: la Cámara de Diputados (60 miembros) y la de Senadores (23 miembros, uno por cada departamento de la Provincia).

Poder Judicial

Está integrado por una corte de cuatro magistrados (un presidente y tres miembros).

 

 

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